Los
mandatos de los procedimientos especiales por lo
general encomiendan a los titulares de dichos mandatos a
examinar, supervisar, prestar asesoramiento e
informar públicamente sobre las situaciones de
derechos humanos en países o territorios
específicos, conocidos como
mandatos por país, o sobre los principales
problemas de violaciones de derechos humanos a nivel
mundial, conocidos como
mandatos temáticos.
Los mandatos de los procedimientos especiales son establecidos y definidos
por la resolución que los crea.
Los procedimientos
especiales se ocupan de diversas actividades, a
saber, dar respuesta a las denuncias individuales
(cuando están habilitados para ello),
realizar estudios, prestar asesoramiento en materia
de cooperación técnica en los países y participar en
las actividades generales de promoción de los
derechos humanos.
Fuente:
OHCHR, 19/03/2012
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Composición/integrantes
- |
Los
procedimientos especiales pueden estar integrados
por una persona (denominada “Relator Especial”,
“Representante Especial del Secretario General”,
“Representante del Secretario General” o “Experto
Independiente”), o por un grupo de trabajo
compuesto por lo general de cinco miembros (uno de cada región).
Los titulares de mandatos de los
procedimientos especiales cumplen su función a título personal y no reciben
sueldo ni ninguna otra retribución financiera por su labor. El carácter
independiente de los titulares de mandatos es fundamental para que puedan
desempeñar sus funciones con total imparcialidad.
Fuente:
OHCHR, 19/03/2012
Lista de
Procedimientos especiales |
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Lista de
Procedimientos especiales temáticos de la ONU (con datos de contacto
para el envío de quejas, comunicaciones o denuncias).
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Lista de Procedimientos especiales por país
Página oficial de
los Procedimientos especiales |
-
Página oficial (en español).
-
Página oficial (en inglés)
Manual de operaciones
de los Procedimientos Especiales |
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Manual de Operaciones de los Procedimientos Especiales (Agosto de 2008)
(pdf
-
doc) |
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Mecanismos para la
toma de Conocimiento de violaciones de DDHH por parte de los
Procedimientos Especiales |
*
Denuncias:
En
lo que se refiere a sus actividades, la mayoría de
los procedimientos especiales reciben información
sobre
denuncias concretas de violaciones de derechos
humanos y
hacen llamamientos urgentes o envían cartas de
denuncias a los gobiernos para solicitar
aclaraciones. En 2010, 604 comunicaciones a
gobiernos en 110 países. El 66% de ellas fueron
comunicaciones conjuntas remitidas por dos o más
titulares de mandatos.
* Visitas:
Los
titulares de los mandatos también realizan
visitas a los países con el propósito de
investigar la situación de derechos humanos a nivel
nacional. Los titulares de los mandatos envían por
lo general una carta al gobierno en cuestión
solicitando una visita, y, si éste está de acuerdo,
les cursa la invitación correspondiente. Algunos
países han cursado “invitaciones
permanentes”, lo que significa que, en
principio, están dispuestos a aceptar
automáticamente las solicitudes de cualesquiera de
los titulares de mandatos de procedimientos
especiales para visitar el país. Hasta Mayo de 2011,
86 países habían cursado invitaciones permanentes a
los procedimientos especiales. Después de realizar
las visitas, los titulares de los mandatos presentan
un informe de misión en el que exponen sus
conclusiones y recomendaciones.
Fuente:
OHCHR, 19/03/2012
Presentación de
quejas/denuncias dirigidas a los procedimientos especiales de la
ONU: |
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